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Cada uno de estos programas está dotado con 25.000 euros

El Ayuntamiento de Guadalajara destina 50.000 euros para fomentar la actividad económica

Encarnación Jiménez
Encarnación Jiménez

El plazo de presentación de solicitudes para acogerse a estas ayudas será de 10 días contados a partir de la publicación de las bases de las convocatorias en el Boletín Oficial de la Provincia

Por REDACCION
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redaccionguadanewses/9/9/19
miércoles 22 de octubre de 2014, 11:14h

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Uno de los programas tiene como objetivo fomentar la creación de empleo y promover la iniciativa emprendedora y el otro colaborar en la financiación de la implantación, reforma o consolidación de empresas del sector comercial en el centro histórico
La Junta de Gobierno Local aprobó ayer las bases de las convocatorias de ayudas económicas incluidas en dos nuevos programas de fomento de la actividad económica y empresarial puestos en marcha por el Ayuntamiento de Guadalajara “en respuesta al compromiso del equipo de Gobierno de aumentar la renta disponibles de las familias y las empresas, fomentar el empleo, apoyar la iniciativa emprendedora en Guadalajara, así como favorecer la instalación y consolidación empresarial y la potenciación del casco histórico”, tal y como ha explicado Encarnación Jiménez, concejala de Promoción Económica y Empleo, en la rueda de prensa celebrada esta misma mañana para presentar estas iniciativas.

Para el desarrollo de estos programas se destinará la cantidad total de 50.000 euros -25.000 euros para cada uno de los programas-, cuyos fondos proceden del remante positivo de tesorería del año 2009. En concreto, se trata de la convocatoria de dos líneas de ayudas económicas, en forma de subvenciones a fondo perdido, destinadas, en un caso, al fomento e impulso de la actividad económica en Guadalajara, con el objetivo de fomentar la creación de empleo y evitar la destrucción del mismo y promover la iniciativa emprendedora y, en el segundo caso, para la implantación, reforma o consolidación de empresas del sector comercial en el centro histórico.

En el primer caso, podrán ser beneficiarios de las ayudas que contempla la convocatoria las microempresas y personas físicas o jurídicas con domicilio fiscal y un establecimiento mercantil ubicado en el municipio de Guadalajara.

Las acciones subvencionables objeto de esta convocatoria se encuadran en dos líneas de actuación. La empresa solicitante deberá optar por una de ellas, siendo incompatibles entre sí.

1.-Subvención para jóvenes desempleados que hayan constituido su propio puesto de trabajo o empresa en el año 2009 o 2010. Serán subvencionables los gastos de puesta en marcha o gastos de constitución, así como los gastos derivados de los impuestos de bienes inmuebles e impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, siempre que tengan relación directa con la actividad empresarial y que el titular del recibo coincida con el titular de la actividad empresarial.

2.-Fomento de la contratación indefinida de colectivos con difícil acceso al empleo, especialmente jóvenes de hasta 35 años, mujeres, parados de larga duración, discapacitados y mayores de 45 años. En este caso se contemplan subvenciones para las empresas que formalicen contratos indefinidos con personas pertenecientes a dichos colectivos. Los contratos deberán ser de duración indefinida, a tiempo completo o a tiempo parcial. La cuantía de las subvenciones será de hasta 200 euros por persona contratada a tiempo completo y con carácter indefinido. En el los contratos a tiempo parcial la subvención será la que corresponda proporcionalmente. La cuantía máxima por empresa no podrá ser superior a los 400 euros.

Entre los requisitos comunes para estas ayudas figura el estar dado de alta en el epígrafe correspondiente del IAE y en la Seguridad Social, contar con domicilio fiscal y/o centro de trabajo en el municipio de Guadalajara y estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Guadalajara.

En relación con las bases de la convocatoria de ayudas para la implantación, reforma o consolidación de empresas del sector comercial en el centro histórico, podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas o jurídicas, o microempresas titulares de un local comercial en funcionamiento y que cumplan, entre otras, las siguientes condiciones:
La actividad principal de la empresa deberá estar encuadrada en algunos de los grupos y/o epígrafes del IAE incluidos en el sector comercio. El local de negocio o establecimiento deberá estar situado dentro de los límites internos de las calles o plazas que se señalan a continuación: C/ Ingenerio Mariño (impares), Santiago Ramón y Cajal (pares), Plaza de Bejanque, nº 2, 3,4,5, 6 y 7; Plaza Capitán Boixareu Rivera, del 1 al 44, desde Bejanque a Santo Domingo; Paseo de Fernández Iparraguirre (pares) desde Santo Domingo a la Cuesta del Matadero; Cuesta del Matadero (impares) desde Paseo Fdez Iparraguirre a Plaza de la Antigua; Calle Cardenal González de Mendoza (pares) desde la Plaza de la Antigua a la Glorieta de la Aviación Española; Avda del Ejército (impares) desde Glorieta de la Aviación Española hasta Plaza de los Caídos y Plaza de los Caídos.

En este caso se contemplan tres líneas de ayudas siendo incompatibles entre sí.

1.-Implantación de nuevos locales: serán subvencionables los gastos de puesta en marcha o gastos de constitución y los derivados del IAE, impuesto sobre bienes inmuebles del local comercial objeto de la ayuda y el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.

2.-Reforma o desarrollo de establecimientos comerciales ya existentes, pudiendo solicitar subvención para los gastos derivados de la rehabilitación y adecuación de los locales.

3.-Consolidación de establecimientos ya existentes: con subvenciones para los gastos derivados del impuesto de actividades económicas, bienes inmuebles del local e impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.

La cuantía de las subvenciones será de hasta un 50% de los gastos descritos, con un límite de 300 euros por empresa.

Para las dos convocatorias de ayudas, las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Guadalajara, en el plazo de 10 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de estas bases en el Boletín Oficial de la Provincia.

Las bases íntegras de las convocatorias estarán a disposición de los interesados en la Oficina Local de Empleo y Desarrollo (C/ Juan Diges Antón, 19) y en la web municipal www.guadalajara.es


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