Las solicitudes para pagar en dos plazos el Impuesto de Bienes Inmuebles de la capital deben presentarse en el Ayuntamiento dentro del primer trimestre del año. Como saben, a partir de este año, el pago puede realizarse en dos plazos sin que se generen intereses de demora y siempre que el pago total de los mismos se produzca en el mismo ejercicio que su devengo.
En el primer plazo se realizará el 50% del pago y en el segundo, el 50% restante.
Las solicitudes deberán acompañar necesariamente la cuenta bancaria donde se van a domiciliar los pagos para el ejercicio en curso y siguientes. Asimismo, será requisito indispensable para acogerse a esta opción de fraccionamiento que el sujeto no tenga deudas en periodo ejecutivo.
Los impresos de solicitud pueden descargarse en la web municipal (
www.guadalajara.es), en la sección “Hacienda”.
El concejal de Economía y Hacienda, Alfonso Esteban, ha destacado que es la primera vez en la historia que el Ayuntamiento de Guadalajara adopta esta medida. “Esta modificación responde al interés del equipo de Gobierno de facilitar a los vecinos el pago de los tributos en un contexto de profunda crisis económica. Cabe recordar que a este fin responden también otras dos medidas, como el aumento del límite de 1.202 euros a 6.000 en el importe de deuda tributaria a fraccionar sin necesidad de presentar garantías y avales, y la eliminación de la obligatoriedad de hacer una entrega a cuenta del 10% de la deuda para poder fraccionarla o aplazarla”.◆