El pleno del Ayuntamiento de Guadalajara ha aprobado por unanimidad la nueva Ordenanza Reguladora de Tenencia y Protección de Animales. Se renueva, de este modo, el antiguo texto, vigente desde el año 2000 y que contenía algunos aspectos que habían quedado obsoletos. SIGUE
A través de esta nueva ordenanza, el Ayuntamiento de Guadalajara adapta la normativa municipal al actual marco europeo y constitucional, y al importante cambio social que en los últimos años se ha producido en la ciudad. Establece las normas para la protección y tenencia de animales para hacerla compatible con la higiene, la salud pública y la seguridad de personas y bienes.
La concejal de Parques y Jardines, Ana Manzano, ha señalado que “este texto supone un importante paso para Guadalajara porque la equipara a otras ciudades que ya han avanzado en esta dirección, como Madrid, Barcelona y Zaragoza, y porque mejora notablemente la protección y defensa de las condiciones de los animales. Además delimita más claramente las normas y, con ello, se favorece la convivencia entre ciudadanos y animales”.
Los aspectos más novedosos que incorpora la ordenanza son:
- Aunque es algo que deberá concretarse más adelante, esta ordenanza deja la puerta abierta a que los perros no peligrosos se puedan soltar por la noche en determinadas zonas establecidas por el Ayuntamiento. En verano podrán soltarse de 11 a 8,30 horas y en invierno de 20 a 8,30 horas. Los dueños deberán estar pendientes en todo momento de sus animales.
- Se establecen lugares para las deyecciones de los animales: las alcantarillas y el bordillo que delimita con la calzada. Los dueños deben recoger los excrementos.
- Se controlan las perturbaciones por los ruidos ocasionados por los animales, de modo que están prohibidos de 24 a 8 horas.
- Los animales no podrán permanecer durante más de dos días solos en los domicilios.
- Los establecimientos deberán indicar claramente si admiten o no la entrada de animales.
Por otro lado, se establecen tres niveles de sanciones por la comisión de infracciones: leve, grave y muy grave. Las multas pueden ascender hasta los 1.500 euros, y se sancionan aspectos como el no recoger las deyecciones de las mascotas, el poner en riesgo la seguridad de las personas o perturbar la tranquilidad y la convivencia ciudadana.
Desde el año 2000 se ha producido un incremento cuantitativo de tenencias de animales. Si hace catorce años había 1.812 perros y 565 gatos censados, ahora la cifra se ha aumentado hasta los 4.471 perros y los 869 gatos.
ORDENANZA ACTIVIDADES PUBLICITARIASEn el transcurso de la sesión plenaria que se ha celebrado en el Ayuntamiento de la capital, se ha procedido a la aprobación definitiva de la nueva Ordenanza Municipal reguladora de las Actividades Publicitarias de Guadalajara, texto que entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Esta nueva Ordenanza regulará la publicidad realizada sobre cualquier actividad comercial, industrial o artesanal dentro del término municipal de Guadalajara, con especial relevancia en su aplicación en el Casco Histórico de la Ciudad.
El objetivo principal de esta nueva herramienta legal será la de “proteger, mantener, mantener y mejorar los valores paisasjísticos y arquitectónicos de nuestro patrimonio”, tal y como explicó Mariano del Castillo, concejal delegado de Servicios Municipales durante la presentación pública de este texto.
A partir de la entrada en vigor de la ordenanza, se tendrá una nueva herramienta que permitirá cuidar la ciudad en general, pero muy particularmente el Casco Histórico, que es el área que sirve de tarjeta de presentación a cuantos visitan la ciudad.
El articulado se distribuye en tres títulos, en los que se recogen las medidas de orden técnico, las relativas a la protección del Casco Histórico y las de procedimiento administrativo, que serán de aplicación en nuestro término municipal.
Entre otras disposiciones, se contempla una serie de sanciones de disciplina urbanística que van desde las consideradas leves, con multas de hasta 750 euros, a las muy graves, que se sancionarán con cantidades que podrán ir de los 1.501 euros en adelante.
En el Casco Histórico no se permitirá la publicidad en carteleras y vallas, monolitos y tótems, grandes rótulos luminosos, objetos y formas corpóreas, publicidad mediante proyecciones o mediante sistemas electrónicos".
Otros soportes (pasquines, adhesivos, rótulos, banderolas, banderas, pancartas y lonas) tendrán un tratamiento especial. La publicidad mediante vehículos tendrá una regulación específica. También se regulará la colocación de caballetes publicitarios (restaurantes, bares, comercios, etc.). De manera general, se permitirá un caballete por establecimiento, siempre y cuando no interfiera el tránsito de personas.
La nueva Ordenanza se ha aprobado con los votos a favor del PP, la abstención del PSOE y el voto en contra de IU.