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Si tiene carnet de conducir, éstas son las nuevas normas de tráfico y circulación de la DGT

Si tiene carnet de conducir, éstas son las nuevas normas de tráfico y circulación de la DGT

Por REDACCION
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redaccionguadanewses/9/9/19
miércoles 11 de noviembre de 2020, 12:25h

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El Consejo de Ministros acaba de aprobar un paquete de reformas legales que modifican de manera sustancial la legislación española en materia de tráfico y circulación.

El objetivo es generar un nuevo modelo de seguridad vial que permita rebajar en un 50 % los fallecidos y heridos graves durante la próxima década, en consonancia con las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS).

En este sentido, el Gobierno ha dado luz verde al anteproyecto de ley que reforma el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial en todo lo relacionado con el permiso y la licencia de conducción por puntos. Asimismo, ha aprobado dos Reales Decretos por los que se modifica, por un lado, tanto el Reglamento General Circulación como el Reglamento General de Vehículos y, por el otro, el Reglamento General de Conductores. A continuación explicamos en qué consisten cada una de las modificaciones legislativas y cómo afectarán a los conductores.

Catorce años después de su implantación en España, se llevará a cabo una actualización del sistema del carnet por puntos. La modificación aumenta los puntos a detraer por aquellos comportamientos que generan mayor riesgo para la conducción e impulsa el mecanismo de los cursos de conducción segura como fórmula para mejorar la formación vial de los conductores.

Tal como ya había avanzado en diversas ocasiones el director de la DGT, Pere Navarro, manejar el móvil mientras se conduce es una conducta extremadamente peligrosa que deber ser sancionada con mayor dureza. En la actualidad dicha infracción conlleva la retirada de 3 puntos del carnet; cuando entre en vigor el nuevo reglamento, se detraerán el doble de puntos, es decir, seis.

Viajar sin utilizar adecuadamente el casco, el cinturón de seguridad o un sistema de retención infantil conllevará la pérdida de 4 puntos (hasta ahora eran tres). La normativa especifica también como causa de sanción el mal uso de estos elementos (por ejemplo, llevar el casco de protección o el cinturón de seguridad sin abrochar) porque las consecuencias negativas para la seguridad del conductor son las mismas.

Cuando entre en vigor el cambio legislativo también se sancionará con 500 euros y la pérdida de tres puntos el mero hecho de llevar en el vehículo dispositivos de detección de radares. Actualmente, solo se sanciona su uso.

La reforma elimina la posibilidad de que los turismos y las motocicletas puedan rebasar en 20 km/h los límites de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos.

La reforma del Reglamento de Circulación establece una reducción de la velocidad máxima permitida en zonas urbanas. Así, se limita a 20 km/h el máximo permitido en aquellas calles con una plataforma única de calzada y acera, mientras que en las vías con un único carril por sentido se permite circular hasta 30 km/h (los Ayuntamientos podrán aumentarla hasta los 50 km/h, siempre que así lo señalicen). Por su parte, las vías con dos o más carriles por sentido mantienen los 50 km/h.

El objetivo de esta rebaja responde a las nuevas modalidades de movilidad que se están expandiendo en las ciudades, donde los patinetes eléctricos, las bicicletas y demás alternativas de transporte están cogiendo un mayor protagonismo. Según un estudio sobre atropellos y velocidad elaborado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en 2011, el riesgo de morir atropellado se reduce al menos cinco veces si el vehículo que impacta circula a 30 km/h en lugar de hacerlo a 50 km/h.

Cabe señalar que ha hecho falta la modificación de la normativa para que algunas ciudades españolas ya hayan reducido a 30 km/h la máxima permitida. Tal es el caso de Bilbao, que en septiembre se convirtió en la primera ciudad del mundo con más de 300.000 habitantes en implantar esta limitación en todas sus calles. Otras ciudades que lo han aplicado en algunas de ellas Barcelona, Burgos, Cádiz, Córdoba, Cuenca, Las Palmas, Madrid, Málaga, Murcia, Oviedo, Palma de Mallorca, Pamplona, Pontevedra, Salamanca, Sevilla, Soria, Valencia y Zaragoza.
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