La Audiencia condena al Banco de Caja Castilla La Mancha por "claúsula claramente abusiva"
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REDACCION
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redaccionguadanewses/9/9/19
miércoles 22 de octubre de 2014, 11:14h
El Banco de Castilla-La Mancha, sucesor de la Caja de Ahorros de Castilla-La Mancha, deberá responder de los 92.600 euros que importaban los avales que se extendieron para garantizar unas obras porque las mismas se retrasaron, según la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Murcia. La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, indica que el Juzgado de Primera Instancia número 3 de San Javier, en su resolución de marzo de 2010, desestimó la demanda que el comprador de la vivienda presentó contra la citada entidad de ahorro, por lo que acudió entonces ante la Audiencia Provincial, que ha revocado esa decisión. SIGUE
En su recurso, el adquirente alegó que la citada caja de ahorros otorgó dos avales, por el citado importe global, "para garantizar la efectiva devolución de las cantidades entregadas a cuenta del preciso estipulado en el contrato de compraventa de un apartamento y plaza de garaje en el plan parcial "Nueva Ribera", de Los Alcázares, concertado con la "Compañía Inmobiliaria Masdevallia".
El Juzgado desestimó la demanda al considerar que con anterioridad a solicitar la ejecución de los avales el comprador debía haber pedido la resolución del contrato, criterio del que discrepa la Audiencia Provincial.
Cláusula claramente abusiva
El tribunal rechaza la interpretación dada por la vendedora de una cláusula del contrato de compraventa porque afirma que en ese caso "sería claramente abusiva, ya que supondría el otorgamiento a ella de una prórroga ´sine die´, permitiéndole que desoiga o menosprecie el pacto expresamente formalizado sobre la fecha concreta de entrega de la vivienda".
Al condenar al banco a pagar la suma reclamada, más los intereses y las costas, la Audiencia Provincial señala también que "es claro que la vivienda litigiosa no fue entregada al comprador en el plazo estipulado".