El Ayuntamiento de Quer bonifica el uso de energía solar en el municipio
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REDACCION
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redaccionguadanewses/9/9/19
martes 12 de septiembre de 2023, 12:24h
El Ayuntamiento de Quer ha aprobado una modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en virtud de la cual el consistorio va a bonificar el uso de energías renovables, y en este caso concretamente la energía solar, en el municipio. “Quer siempre se ha distinguido por se un municipio preocupado por el medio ambiente. La aprobación de esta Ordenanza da un paso más en este sentido, puesto que incentiva esa preocupación medioambiental trasladándola al bolsillo de los seteros”, señala José Miguel Benítez, alcalde de Quer.
Así, la modificación aprobada señala que tendrán derecho a una bonificación del 50 por 100 en la cuota íntegra del impuesto, las edificaciones de uso residencial en las que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol, conforme a lo establecido en el artículo 74.5 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. Esta bonificación tendrá una duración máxima de tres años, a contar desde el período impositivo siguiente al de la fecha de puesta en funcionamiento de la instalación.
También tendrán derecho a la bonificación los bienes inmuebles ya construidos en edificios colectivos en altura, sujetos al régimen de propiedad horizontal, con Licencia de Primera Ocupación o título habilitante que le sustituya en vigor, en los que se instalen por primera vez sistemas para el aprovechamiento eléctrico de la energía solar fotovoltaica compartida para autoconsumo que suministren energía a todos o a algunos de sus inmuebles, siempre que tales sistemas dispongan de una potencia instalada mínima de 3 kW en cada una de las viviendas o locales vinculados a la nueva instalación y un máximo de 100kW como suma total de potencia instalada entre todas las viviendas o locales afectadas.
La cantidad bonificada para cada uno de los años en que se aplique el beneficio no podrá superar el 15 % del presupuesto de ejecución material de la instalación. Asimismo, el importe total bonificado durante los tres periodos bonificados no podrá superar el 50% del presupuesto de ejecución material.
El otorgamiento de estas bonificaciones estará condicionado a que el cumplimiento de los anteriores requisitos quede acreditado mediante la aportación del proyecto técnico o memoria técnica y certificado de estabilidad estructural, visado o junto con acreditación colegial del técnico firmante, en su caso, y del certificado de instalación debidamente diligenciado por el organismo autorizado por la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha. Asimismo, deberá acreditarse que se ha solicitado y concedido la oportuna licencia municipal.