La sección segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña ha impuesto una condena de veinte años y nueve meses de prisión a un individuo por amenazar a tres menores con el fin de obtener imágenes de contenido sexual a través de internet. El tribunal lo ha declarado culpable de un delito de exhibicionismo y de dos delitos relacionados con la corrupción de menores.
Según la sentencia, se ha demostrado que en julio de 2021, tres menores, que en ese momento tenían 12 años, utilizaron conjuntamente una aplicación de contactos anónimos y establecieron comunicación con un usuario que residía en Colombia. La Sala subraya que “el aspecto físico y su comportamiento dejaba claro que eran menores de 13 años”. Durante las conversaciones entre el 31 de julio y el 14 de agosto, las víctimas informaron al acusado sobre su edad.
Detalles del caso
En su primera interacción, el acusado comenzó a masturbarse frente a ellas y les solicitó que se desnudaran ante la cámara; al menos una víctima accedió a mostrar parte de su cuerpo con intención sexual. Además, el tribunal señala que logró obtener el perfil de Instagram de una de las víctimas, desde donde mantuvo conversaciones con al menos dos menores.
El condenado expresó estar “enojado” por haber sido grabado durante esa primera comunicación y exigió que para solucionar la situación debían realizar “comunicaciones por vídeo exhibiéndose ante él” y enviarle fotografías o vídeos, especialmente aquellos con contenido sexual. Para coaccionarlas, les advirtió que las denunciaría por haberlo grabado masturbándose y que si no cumplían sus demandas, informaría a sus padres y publicaría el material obtenido.
Amenazas y pruebas del caso
Para demostrar la seriedad de sus amenazas, contactó a una amiga de las víctimas y le envió un enlace del perfil en redes sociales relacionado con una madrina de una de ellas, evidenciando así su capacidad para localizarlas. Los jueces concluyen que las menores, motivadas por el temor a que cumpliera sus amenazas, enviaron fotografías y vídeos sexuales. Sin embargo, no hay evidencia que indique que el acusado haya difundido dicho material.
Las pruebas fundamentales para la sentencia incluyen las declaraciones realizadas por las tres menores durante el juicio, así como los archivos multimedia encontrados en el teléfono móvil de una víctima y documentación sobre las conversaciones mantenidas en Instagram.
Defensa del acusado
La defensa no negó los hechos en sí mismos, sino que argumentó que no se había probado que el procesado fuera quien mantuvo contacto con las menores. El tribunal refutó esta afirmación indicando que todos los datos apuntan razonablemente a que el titular de la cuenta (que el acusado reconoció como suya) fue quien llevó a cabo los actos delictivos. La sentencia aún no es definitiva ya que es posible presentar recurso ante el TSXG.
La noticia en cifras
Cifra |
Descripción |
20 años y 9 meses |
Tiempo de condena del acusado |
3 |
Número de menores víctimas |
12 años |
Edad de las menores al momento de los hechos |
2 |
Número de delitos de corrupción de menores |
Preguntas sobre la noticia
¿Qué condena recibió el hombre que amenazó a los menores?
El hombre fue condenado a veinte años y nueve meses de cárcel por amenazar a tres menores para que le enviaran imágenes de contenido sexual.
¿Cuántos delitos se le imputaron al acusado?
Se le consideró culpable de un delito de exhibicionismo y de dos delitos de corrupción de menores.
¿Cómo contactaron las menores con el acusado?
Las menores utilizaron una aplicación de contactos anónimos en julio de 2021, donde contactaron con un usuario que residía en Colombia.
¿Qué amenazas realizó el acusado a las menores?
El acusado les dijo que, si no cumplían con sus demandas, las denunciaría y pondría en conocimiento de sus padres los hechos, además de publicar las fotos y vídeos que había obtenido.
¿Qué pruebas se presentaron en el juicio?
Las pruebas fundamentales fueron las declaraciones de las tres menores, los archivos de vídeo e imagen localizados por la policía y parte de las conversaciones mantenidas por Instagram.
¿Es firme la sentencia del tribunal?
No, la sentencia no es firme ya que cabe presentar recurso ante el TSXG.