Libertad de Horario

Ya se puede abrir hasta 90 horas semanales

Los comercios podrán abrir una media de 13 horas diarias

La libertad de horarios permite también la apertura de comercios doce festivos al año

REDACCION | Miércoles 22 de octubre de 2014
Cada comerciante determinará libremente el horario correspondiente a cada domingo o día festivo en que ejerza su actividad, y los domingos y festivos de apertura serán determinados para cada período anual mediante orden de la Consejería Empleo y Economía. Asimismo, cualquier Ayuntamiento, por acuerdo del pleno, podrá sustituir un día de los festivos de apertura comercial autorizada. Dicho cambio deberá ser comunicado a la Consejería competente en materia de comercio, en el plazo que se establezca reglamentariamente. SIGUE

Dicha Ley establece igualmente que no podrá exigirse por parte de las administraciones o entidades del sector público la obtención de licencia previa de instalaciones, ni otras de clase similar que sujeten a previa autorización el ejercicio de la actividad comercial a desarrollar

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