Libertad de Horario

Las rebajas, a criterio del comerciante

La época de las rebajas será la que decida cada comerciante que le proporciona mayor beneficio.

Mayor libertad de elección para los comerciantes de la región

REDACCION | Miércoles 22 de octubre de 2014
Según la Ley, las ventas en rebajas podrán tener lugar en los periodos estacionales de mayor interés comercial según el criterio de cada comerciante y la duración de cada periodo de rebajas serán decidida libremente por cada tienda. Asimismo, establece que las actividades de promoción de ventas podrán simultanearse en un mismo establecimiento comercial, excepto en los supuestos de venta en liquidación, "siempre y cuando exista la debida separación entre ellas y se respeten los deberes de información". SIGUE

También señala que "está prohibida la realización de cualquier tipo de promoción comercial que, por las circunstancias en que se practica, genere confusión entre sus modalidades", y que los artículos objeto de la venta en rebajas deberán haber estado incluidos, con anterioridad a la fecha de inicio de la misma y durante el plazo mínimo de un mes, en la oferta habitual de ventas.

La nueva norma también recoge, entre otros aspectos, la declaración de zona de gran afluencia turística, que --según añade-- corresponderá a la Consejería competente en materia de comercio, a propuesta de cada municipio interesado, y se publicará en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha


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