A consecuencia del cual, añade, el niño nace con el ojo aplastado y fractura en el cráneo por la mala colocación de las palas. "No le efectúan prueba alguna hasta pasadas 23 horas de vida"
REDACCION | Miércoles 22 de octubre de 2014
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Toledo ha condenado al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM) a pagar 404.731 euros por aplicar incorrectamente un forceps en el transcurso de un parto en el Hospital General Universitario de Guadalajara. Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el Tribunal, con su fallo, estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo presentado por la afectada contra la desestimación presunta de la reclamación por responsabilidad patrimonial presentada ante el SESCAM por estos mismos hechos en febrero de 2006. De este modo, el Juzgado anula la resolución presunta recurrida y, declarando la responsabilidad patrimonial de la Administración, condena al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha a pagar la cantidad anteriormente citada. Según ha informado el Defensor del Paciente en nota de prensa, la afectada quedó embarazada por primera vez con 27 años y, tras un embarazo "normal", en la fecha prevista del parto acudió a las 11.00 horas al Servicio de Ginecología y Obstetricia del Hospital Universitario de Guadalajara para dar a luz, quedando ingresada. " Más tarde, añade el Defensor del Paciente, la afectada pasa a paritorio a las 12.00 horas y le instauran la anestesia epidural. Además, apunta que desde su ingreso estuvo monitorizada sin problema materno fetal alguno. SIGUE
A las 17.00 horas, según la Asociación, se anota la indicación del forceps, "si bien no consta la causa obstétrica para el mismo". A consecuencia del cual, añade, el niño nace con el ojo aplastado y fractura en el cráneo por la mala colocación de las palas. "No le efectúan prueba alguna hasta pasadas 23 horas de vida", ha agregado.
Según continúa el Defensor del Paciente, tras la pruebas efectuadas al niño le trasladan de urgencia al Hospital Ramón y Cajal --sufriendo ya crisis epilépticas-- donde estuvo ingresado.
La Asociación ha añadido que tras el alta y posteriores tratamientos médicos, al niño le han quedado unas "graves secuelas" y se le ha declarado minusválido con un porcentaje de minusvalía de 54,5 por ciento con origen en el parto.
Dichas secuelas, concluye el Defensor del Paciente, son disminución de eficiencia visual por trastorno del nervio motor ocular común, una hemiparesia derecha por hemorragia intracraneal, crisis convulsivas generalizadas y un retraso en el desarrollo psicomotor siendo su desarrollo psíquico y comunicativo normal
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