La Concejalía de Bienestar Social del Ayuntamiento de Guadalajara hace pública la convocatoria de ayudas públicas municipales para el pago de los gastos relativos a la vivienda habitual de personas y familias del municipio de Guadalajara.
Esta iniciativa, conocida más popularmente como IBI Social, “tiene como objeto ayudar a personas o unidades familiares en riesgo de exclusión social y situación de emergencia social”, recuerda Encarnación Jiménez, teniente de alcalde y concejal responsable del área de Bienestar Social.
Para estas ayudas el Ayuntamiento de Guadalajara destinará este año la cantidad total de 78.588 euros. Esta cifra supone un aumento de casi un 25% más con respecto a la convocatoria de 2016.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas cuyos ingresos no alcanzan 1,5 veces el SMI y que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones: personas en situación legal de desempleo al menos seis meses antes de la fecha de solicitud, pensionistas, personas con discapacidad igual o superior al 65%; personas con familiares a su cargo hasta el segundo grado (abuelos, nietos, hermanos), con una discapacidad igual o superior al 65%; separados o divorciados con hijos menores de 18 años a su cargo; viudos con hijos menores de 18 años a su cargo; solteros con hijos menores a su cargo; solicitantes con hijos menores de un año; víctimas de violencia de género y personas con especiales situaciones de necesidad.
Los solicitantes deberán reunir, entre otros, los siguientes requisitos: estar empadronados en el municipio de Guadalajara en la vivienda objeto de la subvención. Que el solicitante y todos los miembros de la unidad familiar no sean titulares en ningún tanto por ciento de régimen de propiedad de otro bien inmueble urbano.
Para los solicitantes que se encuentren en régimen de alquiler en la vivienda para la que solicitan ayuda para el pago del IBI, será necesario que dicha obligación de pago esté reflejada en el contrato de arrendamiento firmado por ambas partes.
El solicitante y todos los miembros de la unidad familiar deberán estar al corriente de sus obligaciones con la Hacienda municipal y estatal, así como con la Seguridad Social.
El cómputo total de los ingresos de la unidad familiar, sean inferiores, en el momento de la solicitud, al 200% del IMPREN (Indicador Público de Rente de Efectos Múltiples) para el ejercicio de 2017, incrementándose el cómputo en un 20% por cada menor dependiente o por cada discapacitado con un grado igual o superior al 65%.
Según las bases de la convocatoria, la cuantía individual de la ayuda para el pago del recibo del impuesto municipal sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana (IBI) de la vivienda habitual propiedad del solicitante podrá ser de hasta un 100%, siempre que no se superen la cuantía de 400 euros(importe máximo de la ayuda), con exclusión de intereses, recargos o sanciones tributarias sobre el mismo.
Las solicitudes y documentación requerida se podrá presentar hasta el día 30 de septiembre en los registros municipales.
Las bases de la convocatoria, junto con el extracto de publicación del anuncio en el BOP, y el modelo de solicitud, están a disposición de los interesados en la web municipal www.guadalajara.es.