Jueves 12 de octubre de 2017
El Juzgado de lo Penal número 2 de Almería ha condenado a penas de quince meses de prisión por un delito de maltrato animal agravado al joven trabajador de una explotación porcina que mató a saltos a 79 lechones y al compañero de trabajo que grabó un vídeo que fue difundido por WhatsApp.
El juez los inhabilita además para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales durante tres años y seis meses y les impone el pago de una indemnización de 4.470 euros, 60 euros por cada lechón, a la empresa propietaria de los animales, si bien los absuelve de un delito de daños, según el fallo consultado por Efe, contra el que cabe recurso.
La sentencia relata cómo los acusados, D.A.A. y M.R., que tenían 19 y 22 años en aquel entonces, se encontraban sobre las 13:00 horas del 7 de enero de 2016 en la explotación porcina de Huércal-Overa (Almería) en la que ambos trabajaban realizando el traslado de un “gran número de lechones de entre 19 y 27 días de vida”.
Los acusados llevaban a los animales recién destetados a un módulo de recría y cuando se encontraban “agrupados y apretujados en un tractor, D.A.A., “de manera injustificada y cruel”, decidió saltar sobre el grupo de lechones y se lanzó sobre ellos tras coger impulso “como si se tratara de una piscina”. El magistrado señala que eran los lechones los que amortiguaban su caída y que llegó a realizar, como mínimo, tres saltos sobre el grupo de animales.
Mientras tanto, M.R., que era responsable de la tarea de traslado de los lechones, además de ser el encargado de retirar los lechones que pudieran quedar muertos, “en lugar de impedir la acción de D.A.A. y velar por la integridad de los animales, grabó la escena con el teléfono móvil del otro acusado”.
Subraya el juez que lo hizo “sin interrumpir la acción en ninguno de los tres saltos que se grabaron, grabación que, posteriormente, fue difundida a través de las redes sociales, hasta que la misma llegó a conocimiento del responsable de la empresa”.
Como consecuencia de estos hechos, el veterinario de la explotación, al día siguiente de los hechos, certificó la muerte por causas traumáticas de 19 lechones y otros 53 heridos y el 18 de enero de 2016 certificó la muerte de otros 60 lechones del mismo grupo sobre el que había saltado D.A.A..
Los animales fueron muriendo en los días sucesivos al suceso, igualmente por causas traumáticas, “como consecuencia directa o indirecta del aplastamiento llevado a cabo por la acción del acusado D.A.A”.
El juez recuerda que durante la vista oral D.A.A. se reconoció como la persona que salta sobre los lechones en un vídeo de 21 segundos que “habla por sí solo, hasta el punto que muchas personas puede que no sean capaces, ni siquiera, de verlo dos veces seguidas por la repulsión que produce”. “Lo que resulta indiscutible es que sólo con esos tres saltos, D.A.A. lleva a cabo no sólo una payasada como él ha dicho, sino una verdadero acción injustificada de maltrato que a más de un lechón, sin duda, le tuvo que causar lesiones, lo que ya de por sí conduciría a una sentencia de condena”, añade.
Asegura que “afirmar, como ha dicho D.A.A. que no se aplastó a ningún lechón, porque cuando se tiraba los animales se apartaban, resulta, sencillamente inadmisible, pues, como suele decirse, las imágenes hablan por sí solas”.
“No sólo es que D.A.A. sí que cayera con todo su peso, de lleno, sobre varios o muchos lechones, es que, además, la defensa ha planteado una hipótesis que yo no considero en absoluto probada, que se lanzó únicamente las tres veces que se aprecia en el vídeo, pues a la vista de las declaraciones del veterinario y el número de muertes certificadas, seguramente hubo más lanzamientos que, sencillamente, no fueron grabados”, precisa.
Sobre M.R., afirma que aunque sólo se grabaran 21 segundos de vídeo, “de haber querido evitar dicha acción, ya al primer salto, de modo instintivo y casi reflejo, habría interrumpido la grabación o desviado el enfoque”.
Noticias relacionadas