UGT informa que el Juzgado de lo Penal de Guadalajara, ha condenado al agresor de un profesional del Hospital de Guadalajara, por un delito de atentado y lesiones, a una pena de 6 meses ( 4+2) , la inhabilitación para el derecho al sufragio pasivo durante el mismo tiempo y a una indemnización económica de 1.050 euros por la responsabilidad civil.
El sindicato informa que la sentencia dictada, al considerarse como atentado a una autoridad pública, implica no solo sanciones de tipo económico, sino también de tipo penal.
En opinión de UGT, la administración debe tomar todas las medidas necesarias en defensa de los empleados públicos, no solo en el ámbito sanitario, sino en cualquier otro ámbito, para evitar este tipo de situaciones de agresión a profesionales en el propio centro de trabajo. Ya que las agresiones pese a los múltiples esfuerzos, se siguen produciendo.
Desde la publicación en el BOE el 31/3/2015 de la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal: Se modifica el artículo 550, que queda redactado como sigue:
En todo caso, se considerarán actos de atentado los cometidos contra los funcionarios docentes o sanitarios que se hallen en el ejercicio de las funciones propias de su cargo, o con ocasión de ellas.
UGT insistirá en la reunión que se celebrara esta misma semana, el jueves, del Observatorio de la violencia para la prevención de agresiones al personal del SESCAM en Toledo, en la que estarán presentes representantes del SESCAM, fuerzas y cuerpos de seguridad del estado, sindicatos y colegios profesionales, entre otros, en la necesidad de seguir revisando protocolos como el de inmovilización terapéutica en pacientes con alteraciones psíquicas, protocolo de pulseras de control a maltratadores y todas aquellas medidas que minimicen al máximo el riesgo de sufrir una agresión en las instituciones sanitarias del SESCAM.