GUADALAJARA

El jurado popular considera a F.J.C.M.,cartero de El Casar, CULPABLE del delito de infidelidad en la custodia de documentos y del delito continuado de estafa informática

REDACCION | Viernes 28 de enero de 2022
El jurado popular que ha juzgado en la Audiencia Provincial de Guadalajara a un cartero de El Casar por apropiarse de cerca de 30.000 euros tras acceder a las tarjetas de débito o crédito y el pin que enviaba el Banco Santander por carta a los clientes antes de que estas llegaran a los domicilios, ha considerado a F.J.C.M. culpable por unanimidad del delito de infidelidad en la custodia de documentos y del delito continuado de estafa informática.

El jurado ha entendido que el acusado se apropió de las tarjetas de crédito y números PIN de los clientes y que hizo uso de ellas, todo ello en base a los indicios que le vinculan, entendiendo, entre otras cosas, que dichas tarjetas solo podían haber sido sustraídas en la oficina de Correos de El Casar, y que se rastrearon todos los móviles de los trabajadores y que en ninguno se encontró ningún dato de geolocalización de los lugares de extracción del dinero salvo en los vinculados al acusado.

Además, días antes de estos hechos, que se sitúan en los años 2016 y 2017, el Banco de Santander había cancelado la cuenta del acusado por impagos, lo que unido a diferentes declaraciones en las que se afirmaba que F.J.C.M. había pedido dinero a sus compañeros y amigos, indica que se encontraba en una situación precaria económicamente, valorándose esto como posible móvil para perpetrar los hechos juzgados.

Igualmente, los miembros del jurado han entendido también como otro hecho a tener en cuenta las características físicas ofrecidas en su declaración por una de las víctimas sobre el propio acusado, y que coinciden con su descripción tanto en base a su DNI como en la que se aporta en su perfil del WhatsApp, "tenía baja estatura, perilla y llevaba gafas de sol", dijo.

Además, creen que, si bien procede aplicar al acusado los beneficios de la revisión condicional de la pena, no procede pedir al Gobierno el indulto para FJ.C.M.

El juicio ha quedado de este modo visto para sentencia sin que el Ministerio Fiscal haya modificado en sus peticiones de pena para el acusado F.J.C.M., para quien mantiene los 5 años de prisión que pedía inicialmente, por un delito continuado tanto en la infidelidad en la custodia de documentos y por otro delito continuado de estafa informática, así como 30 meses de multa, y en su defecto, que al menos se le condene a 3 años y seis meses de prisión por el daño causado y los "múltiples perjuicios a múltiples víctimas". No así, "en ningún caso -ha dicho la fisca- que se suspenda su ingreso en prisión".

Al igual, desde la Abogacía del Estado se ha solicitado para el acusado la misma pena que el Ministerio Fiscal en base a los mismos delitos, y lo mismo ha hecho el letrado que ha representado al Banco de Santander, y en ambos casos también se ha pedido que no se suspenda la pena de prisión para el acusado.

Por su parte, la Defensa ha demandado para su defendido la pena mínima de prisión al no quedar acreditados los hechos por los que el jurado le ha considerado culpable y la suspensión de la pena privativa de libertad peticionada por los miembros del jurado.

El juicio, que se iniciaba este lunes, ha quedado visto para sentencia este viernes tras dos jornadas de deliberación con un total de algo más de doce horas.

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