Avala la sentencia dictada por la Sección 2ª de la Audiencia Provincial de Álava en diciembre de 2019
REDACCION | Domingo 15 de enero de 2023
El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado, con mínimas rebajas de penas, las principales condenas por corrupción impuestas por la Audiencia Provincial de Álava al ex “número dos” del PNV en esta provincia Alfredo de Miguel y a los también exdirigentes de la formación nacionalista Luis Felipe Ochandiano y Carlos Aitor Tellería por el “caso De Miguel”, que arrancó en 2006 con la adjudicación por parte del Parque Tecnológico de Álava (PTA) -de cuyo accionariado forma parte el Gobierno vasco- de un contrato a dedo por valor de 600.000 euros, a cambio de comisiones, para la ampliación de sus instalaciones.
El tribunal -que avala a grandes rasgos las condenas por tráfico de influencias, inducción o cooperación a la prevaricación, cohecho, malversación, falsedad documental, asociación ilícita y blanqueo por el considerado el MAYOR CASO DE CORRUPCIÓN EN EL PAÍS VASCO.
Los tres acusados, prevaliéndose de su capacidad de influencia política como miembros de la ejecutiva alavesa del Partido Nacionalista Vasco y de su compañerismo político con personalidades que ocupaban puestos de relevancia en la administración autonómica y municipal, se concertaron para favorecer que determinados organismos de la administración adjudicaran contratos de obras o de servicios a empresarios que estuvieran dispuestos a pagarles una comisión.
Para encubrir el cobro de estas comisiones, los acusados constituyeron varias sociedades que facturaban servicios ficticios a los empresarios beneficiados. Sociedades que aparentaban no pertenecer a los encausados, pues se constituyeron bajo la titularidad de testaferros. Para encubrir el cobro de estas mordidas, confirma el alto tribunal, los acusados constituyeron a través de testaferros varias sociedades que facturaban servicios ficticios a los empresarios beneficiados. Una de estas empresas, Kataia Consulting, se constituyó a nombre de sus respectivas esposas, entre ellas la de Tellería, Araceli Bajo, a quien la Audiencia de Álava absolvió por no haberse acreditado que conociera que la sociedad estaba vinculada a una actividad ilícita de su esposo.
El Supremo sí confirma las condenas impuestas a las esposas de los otros dos exdirigentes jetzales, Ainhoa Bilbao e Iratxe Gaztelu-Urrutia, como responsables de los delitos de blanqueo y de cooperación en la asociación ilícita constituida por sus cónyuges, imponiendo a cada una de ellas penas que suman un año y medio de prisión, así como 180.000 euros de multa.
La Sala -presidida por Manuel Marchena e integrada además por los magistrados Juan Ramón Berdugo, Antonio del Moral, Ana Ferrer y Pablo Llarena, que ha sido ponente de la resolución- considera que los tres exmiembros del “Araba Buru Batzar”, la cúpula del PNV en Álava, “prevaliéndose de su capacidad de influencia política como miembros de la ejecutiva alavesa del Partido Nacionalista Vasco y de su compañerismo político con personalidades que ocupaban puestos de relevancia en la administración autonómica y municipal, se concertaron para favorecer que determinados organismos de la administración adjudicaran contratos de obras o de servicios a empresarios que estuvieran dispuestos a pagarles una comisión”.
Pero las actuaciones corruptas confirmadas por el alto tribunal no solo afectan al Parque Tecnológico de Álava, sino también al Departamento de Cultura del Gobierno vasco y a otras instituciones regidas por miembros del PNV como los ayuntamientos alaveses de Lapuebla de Labarca, Zigoitia y Zambrana, así como por las Cuadrillas del Territorio Histórico de Álava.
La sentencia deja claro que los condenados se sirvieron de su “influencia política” para amañar la adjudicación de los contratos, consiguiendo que sus contactos, además de incumplir el procedimiento de tramitación administrativa, propusieran por “amiguismo” la adjudicación de esos contratos.
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