REDACCION | Viernes 28 de abril de 2023
Las mesas electorales empiezan a formarse antes de que acabe el mes. No es de extrañar que entre los más de 500.000 españoles que van a estar distribuidos en los colegios electorales ya empiece a rondar la pregunta sobre: ¿Cuándo me avisan para ir en mesa electoral?
Tras la realización del sorteo, presidentes, vocales y suplentes, recibirán una notificación en su domicilio. Asimismo, esta notificación siempre va a ser entregada por el personal de Correos o agentes de la Policía. Si no estás en casa en el momento de la notificación, se dejará un aviso en el buzón, informando sobre que debe de acudir a su oficina de Correos para recoger dicha notificación.
La Junta Electoral Central publica un manual con todo lo que tienes que saber para evitar pasar el 28-M contando votos.
¿Cuándo te avisan para ir en mesa electoral?
El sorteo para las próximas elecciones se realiza entre los 25 y 29 días posteriores a la convocatoria. Por ende, al publicarse la convocatoria en el Real Decreto 207/2023, del 3 de abril, por lo que empezarán mañana y terminarán el 2 de mayo. Tres días después llegará una notificación a los seleccionados junto a un manual de instrucciones sobre sus funciones.
¿Cuánto te pagan por estar en mesa electoral?
Los seleccionados para formar parte de la mesa electoral están de suerte porque cobrarán más que en comicios anteriores. El BOE publicó el pasado 6 de marzo una orden ministerial que recoge una subida de cinco euros. De este modo, la cantidad final para los miembros será de 70 euros. Este dinero solo lo recibe el Presidente y los dos Vocales titulares. Los suplentes solo cobrarán si al final acaban participando.
¿Cómo se elige la mesa electoral?
La mesa electoral está formada por un Presidente y dos Vocales. Estos cargos son obligatorios y no pueden ser desempeñados por quienes se presenten como candidatos. Estos miembros los eligen a los ayuntamientos por sorteo público entre todas las personas censadas de la sección electoral. El papel de los miembros de la mesa electoral es esencial para la jornada laboral. Los suplentes con solo acudir al colegio electoral el día de las elecciones a las 08:00, formarán parte de la mesa si solo ocupan el puesto de alguno de los vocales.
"El Presidente y los vocales de cada Mesa son designados por sorteo público entre la totalidad de las personas incluidas en la lista de electores de la Mesa correspondiente, que sepan leer y escribir y sean menores de setenta años, si bien a partir de los sesenta y cinco años podrán manifestar su renuncia en el plazo de siete días", según el artículo 26 de la Ley Electoral del Régimen Electoral General.
¿Cómo librarse de la mesa electoral?
La Junta Electoral Central publica todo lo necesario para saber los motivos para no ir en mesa electoral:
No saber leer ni escribir
Haber participado en elecciones anteriores
Ser mayor de 65 años
Estar de baja o en situación de discapacidad
Mujeres que estén en periodo de lactancia
Sufrir un embarazo de riesgo o estar de más de 6 meses
Presos
Enfermos psiquiátricos
Intervención quirúrgica
Víctima de un delito con orden de alojamiento
Cuidado de menores y discapacitados
Cambios de residencia
Monjas o monjes
Eventos familiares de especial relevancia
Directores y jefes de informativos
Policías, médicos y bomberos
¿Cómo renunciar a la mesa electoral?
Una vez recibida la notificación, la persona afectada tendrá que justificar y alegar la causa que le exime para presentar la solicitud de excusa ante la Junta Electoral conveniente. Tendrá que presentar una fotocopia del DNI, pasaporte, NIE o carné de conducir, nombramiento de la mesa electoral, la solicitud y toda
la documentación que justifique dicha renuncia.
Multa por no presentarse a mesa electoral
Tanto el Presidente, Vocales y Suplentes que decidan no acudir a su cita con la mesa electoral, pueden enfrentarse a multa o incluso a una pena de prisión de tres meses a un año. En comicios anteriores, las multas han alcanzado la cuantía de 5.000 euros.
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