La Audiencia Nacional ha condenado a una mujer a dos años y medio de cárcel por su implicación en un proceso de radicalización yihadista con el objetivo de llevar a cabo acciones terroristas. La acusada, residente en Menorca y originaria de un campamento de refugiados en Tinduf, consumió y difundió material radical a través de redes sociales. La sentencia destaca su interés por el uso de explosivos y armas, así como su participación activa en grupos de Telegram relacionados con el Estado Islámico. Además, se le impone una medida de libertad vigilada durante cinco años tras cumplir la condena. Esta decisión subraya la preocupación por el autoadoctrinamiento y la propagación del extremismo violento en España.
La Audiencia Nacional ha impuesto una condena de dos años y seis meses de prisión a una mujer que se dedicó a consumir y difundir material de carácter radical yihadista mediante aplicaciones de mensajería y redes sociales, con el propósito de participar en acciones terroristas diversas.
En su fallo, la Sección Tercera de la Sala Penal ha declarado culpable a la acusada, quien nació en un campamento de refugiados en Tinduf y reside en Menorca, por un delito de autoadoctrinamiento terrorista. Además de la pena privativa de libertad, se le ha impuesto una medida de libertad vigilada durante cinco años.
De acuerdo con los hechos probados en la resolución, la mujer experimentó una creciente radicalización hacia los postulados yihadistas, lo que la llevó a consumir y compartir contenido videográfico relacionado. Este proceso fue influenciado inicialmente por su hermano, quien luchó para el DAESH en el Gran Sahara y murió en Libia en 2016 mientras participaba en actividades terroristas.
Tras el fallecimiento de su hermano, la acusada continuó manteniendo contacto con personas vinculadas a organizaciones terroristas en países como Alemania.
La sentencia indica que, con el objetivo de obtener material adecuado para su ideologización en la yihad terrorista, la acusada participó en un grupo de Telegram que funcionaba como repositorio de propaganda del DAESH. En este grupo se difundían discursos radicales que justificaban la yihad. También formó parte del grupo público denominado “Cánticos Yihadistas”, donde solicitó materiales específicos y mantuvo conversaciones afines.
El tribunal ha confirmado que mostró interés por chalecos explosivos y armamento. Según las evidencias presentadas, durante su proceso de radicalización hacia la “yihad islámica” y su identificación con los principios del llamado “Estado Islámico”, expresó reiteradamente su interés por chalecos o cinturones explosivos, así como por objetos duales como drones o pulseras tácticas con navajas ocultas. Además, mostró interés por el uso tanto de armas blancas como de fuego, considerando incluso llevar a cabo acciones terroristas personalmente o mediante otros.
El tribunal examinó el abundante material incautado durante los registros realizados en sus domicilios en Menorca y en una vivienda familiar situada en Alicante. Concluyó que “la acusada poseía todo este material con el fin de autoformarse sobre la yihad islámica, buscando potencialmente participar en acciones terroristas futuras”.
Asimismo, se revisaron las múltiples pruebas documentales que respaldan la condena, incluyendo las conversaciones mantenidas por la acusada con otros usuarios en redes sociales, donde quedó evidente su proceso de radicalización hasta el punto de ofrecerse para realizar actos terroristas.
Finalmente, los jueces subrayaron que las constantes medidas de seguridad adoptadas por la acusada al comunicarse, especialmente a través de redes sociales, demuestran su conciencia sobre la ilicitud de sus acciones. Incluso instaba a quienes le rodeaban a adoptar precauciones similares, según señala la Audiencia.
La Audiencia Nacional condenó a la mujer a dos años y seis meses de cárcel por consumir y difundir material de contenido radical yihadista con el fin de participar en acciones terroristas.
Fue condenada por un delito de autoadoctrinamiento terrorista, además de recibir una medida de libertad vigilada durante cinco años.
Su proceso de radicalización comenzó bajo la influencia de su hermano, quien combatió para el DAESH y falleció en Libia. A partir de ahí, mantuvo contacto con personas vinculadas a organizaciones terroristas y consumió material propagandístico.
La acusada mostró interés por chalecos explosivos, drones y armas, planteándose la posible comisión de acciones terroristas.
Se presentaron conversaciones mantenidas en redes sociales que evidenciaban su proceso de radicalización y su disposición para realizar acciones terroristas, así como material incautado en sus domicilios.
Intentó justificar su conducta argumentando curiosidad o comentarios inanes, pero el tribunal consideró que sus medidas de seguridad en las comunicaciones indicaban conciencia sobre la ilicitud de sus acciones.