Pío García-Escudero en una intervención para defender la Fiesta en el Senado./Foto:Efe
DEFENSA DE LA FIESTA
El grupo popular en el Senado ha reunido los cincuenta apoyos de semandores necesarios para recurrir en el Constitucional
JOSÉ LUIS ARCÁNGEL | Miércoles 22 de octubre de 2014
Ya es oficial el recurso del Partido Popular contra la prohibición de la Fiesta en Cataluña ante el Tribunal Constitucional. El jueves el portavoz popular en el Senado Pío García-Escudero acudió a la sede del constitucional para entregar el mismo el recurso.
En el recurso se argumenta que esta prohibición invade competencias estatales y restringe y limita derechos fundamentales y libertades públicas de los ciudadanos, tanto en el ámbito de la cultura, como en el de la economía. García-Escudero presentó el recurso firmado por 50 senadores del PP acompañado por la portavoz adjunta del grupo popular, Rosa Vindel.
El PP considera que el acto de prohibir es inconstitucional porque no existe ninguna competencia transferida a las comunidades autónomas que faculte a éstas a prohibir la tauromaquia, que está protegida por leyes nacionales y europeas. Además, los populares consideran que al prohibirse una actividad que varias leyes establecen como de carácter cultural, se vulneran cinco artículos de la Constitución.
En su argumentación, los senadores populares consideran que la prohibición de una actividad empresarial que forma parte del tejido económico vulnera otros cinco artículos más de la Carta Magna. El Parlamento catalán, según el recurso del PP, ha coartado e impedido la libertad empresarial para llevar a cabo la propia actividad económica.
Los autores del recurso defienden la Fiesta de los Toros, a la que consideran un fenómeno nacional, cultural, histórico, social, económico e industrial. No obstante, fundamentan el recurso sobre bases estrictamente de derecho y consideran que la prohibición de las corridas en Cataluña “es un alarde de incoherencia, porque, paralelamente se permiten los festejos con toros”.
Las competencias
Según el PP, la decisión adoptada por el Parlament entra en ámbitos competenciales que le son ajenos. Así, se prohíbe de plano la actividad taurina con una norma que invade positivamente competencias estatales, ya que utiliza competencias de las que la autonomía carece.
El recurso de los senadores del PP recuerda que el derecho comunitario reconoce expresamente los valores de la Fiesta Nacional, y recoge la tauromaquia como una excepción al régimen general de tutela en materia de bienestar animal.
También se insiste en que las competencias normativas de la Fiesta de los toros corresponden al Estado. Reconocen que, en todo caso, lo que se ha llegado a transferir a las comunidades. son, literalmente, las competencias que sobre el espectáculo taurino desempeñaba el Ministerio del Interior.
El problema, dicen los populares en su recurso, es que la ley catalana no se limita a regular o reglamentar la Fiesta de los toros en cuanto a su práctica y desarrollo, sino que la prohíbe de plano.
Los correbous
Según el PP el asunto no admite controversia alguna. Con la Ley en la mano el Parlament, a estos efectos prohibitivos de la actividad, carece de competencias, ya que éstas están reservadas a la Administración General del Estado.
Por último, en el recurso de analiza otra norma catalana, la que decidió proteger los correbous o toros de las calles. La principal conclusión en esta parte del texto es que “si Cataluña protege una actividad taurina, debe proteger las corridas de toros”.◆
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