El alcalde de Trillo, condenado por violar derechos fundamentales del Grupo Socialista
La justicia revoca la decisión del alcalde del PP de no facilitar a la oposición documentación sobre el abono de pagas de productividad a los funcionarios
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REDACCION
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redaccionguadanewses/9/9/19
miércoles 22 de octubre de 2014, 11:14h
Un fallo del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Guadalajara afirma que el alcalde de Trillo ha violado el derecho fundamental del Grupo Socialista a la participación política, protegido por el artículo 23 de la Constitución Española. La violación de ese derecho fundamental se ha producido al negarse el alcalde trillano, del PP, a entregar a la oposición municipal las resoluciones que autorizan o justifican el abono de pagas de productividad a los funcionarios del Ayuntamiento en 2012. SIGUE
La portavoz del Grupo Socialista en el Ayuntamiento de Trillo, Ana Pérez Puig, solicitó por escrito dicha documentación el 23 de abril de 2013 y el alcalde se negó a facilitársela mediante resolución dictada seis días después. El Grupo Socialista interpuso recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de Guadalajara el 14 de mayo de 2013 contra la resolución del alcalde, por considerar violado el derecho fundamental a la participación política y solicitando que se ordenase al primer edil de Trillo la inmediata puesta a disposición de los documentos solicitados.
Tras el recurso contencioso administrativo presentado por el Grupo Socialista, el Juzgado ha fallado revocando la resolución del alcalde porque “no es conforme a derecho” y “habiéndose producido la violación del derecho fundamental esgrimido de conformidad con el artículo 23 de la Constitución”, según consta en el auto judicial.
100.000 euros de coste anual para las arcas municipales.
La portavoz socialista ha explicado que “el interés del Grupo Socialista por conocer los criterios con que el alcalde de Trillo decidió abonar las pagas de productividad viene motivado por su alto montante económico, con un coste de 100.000 euros anuales para las arcas municipales”.
Además, “se detectó que las productividades pagadas a algunos funcionarios se pretendían justificar con tareas que forman parte de sus tareas de trabajo ordinarias, lo que, a primera vista al menos, podía interpretarse como que a algunas personas se les estaba pagando dos veces por los mismos conceptos, con el consiguiente perjuicio económico para el Ayuntamiento”, ha precisado.