Artículo de opinión
Artículo de opinión: Cambio de normativa para la conducción de vehículos de urgencias
Cambio de normativa para la conducción de vehículos de urgencias
jueves 18 de febrero de 2016, 13:50h
Desde el 1 de enero de 2016 ya no es necesario poseer el carnet de conducir BTP, que hasta la fecha era necesario si queríamos conducir taxis, ambulancias, coches de policía o vehículos escolares.
Con este cambio, España se adapta a Europa, donde no era necesario poseer el BTP. De hecho, el permiso de conducción BTP solo existía en España y tenía validez exclusivamente para el territorio nacional. Con la nueva normativa se suprime para adaptarse a las categorías existentes en el Permiso Único de Conducción, común en los 28 estados de la Unión.
A partir de ahora se pueden conducir dichos vehículos con el carnet de conducir de la clase B, es decir, el carnet para conducir turismos.
Al principio, los primeros Centros de Salud se dotaron con vehículos carrozados Renault exprés. Estos vinieron con su sirena y la luz naranja en el techo, pero fue necesario retirarla para evitar sanciones a los conductores, ya que los médicos que lo conducían no tenían el carnet BTP, que por aquel entonces era obligatorio para la conducción de vehículos de emergencia.
Para adaptarse a la normativa de tráfico, se suprimieron los sistemas de prioridad en los vehículos de urgencias, haciendo imposible el ser vistos y reconocidos por el resto de conductores y peatones cuando son requeridos por el 112 o por la población para ir asistir a casos de urgencias o emergencias médicas.
Desde el 1 de enero se abre una nueva etapa: cualquier médico con el carnet de conducir B puede conducir un vehículo correctamente identificado para situaciones de emergencia: sirena y luz naranja en el techo. Ahora es el momento para hacer los cambios necesarios en los vehículos, no solo en relación a los sistemas de prioridad, sino también en relación a la colocación de todo el material necesario para la correcta atención médica y que en los actuales vehículos es imposible colocar dado el poco espacio con que cuentan.
En este sentido, existen unos vehículos de intervención rápida (VIR) que serían los ideales para dicha asistencia de urgencias sanitaria.
José Ramón Jiménez Redondo Médico
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Últimos comentarios de los lectores (7)
2140 | Andrés - 24/02/2016 @ 21:46:22 (GMT+1)
Ahora que se pongan de acuerdo haber que tipo de vehículo sacan para que sea de urgencias y no sea ambulancia o VIR, ya que hay que tener el titulo de técnico en emergencias sanitarias para conducirlos. La eliminación del BTP solo sirve par facilitar la obtención del TES, u opositar para policía, bomberos, etc........lo demás es papel mojado.
2138 | Alicia - 23/02/2016 @ 23:01:04 (GMT+1)
Miedo me da que cualquiera con carnet B pueda conducir una ambulancia, un V.I.R., un vehículo de transporte escolar o un taxi. Espero que al menos pidan X tiempo de experiencia y un certificado a tráfico de no haber tenido ningún siniestro o sanción.
2137 | Kurro TES - 23/02/2016 @ 16:26:59 (GMT+1)
Bajo mi opinión, antes de escribir un artículo y lanzarlo a la luz debería estar contrastado. Este tipo de opiniones mejor la puede dejar el autor para cuando este en los bares con sus colegas.
2136 | Francisco Jiménez Morales - 21/02/2016 @ 22:16:35 (GMT+1)
Esto no es cierto, para poder conducir los vehiculos de emergencias sanitarias tiene que estar en posesion del titulo de Tecnico en Emergencias Sanitarias.
2135 | Francisco - 21/02/2016 @ 15:43:00 (GMT+1)
Yo estoy totalmente en desacuerdo, la normativa vigente dice que estos vehículos tienen que estar manejados o conducidos por personal sanitario con titulación no solamente médico los V.I.R vehículos de intervención rápida serán manejados por técnicos en transporte y emergencias sanitarias para eso hay una titulación formación profesional y una ley en R.D de transporte Sanitario en el que dice que deben ser siempre conducidos por técnico los coches vir, lo digo Xq somos muchos los técnicos que reclamamos que modifique su artículo, los de los centros de salud cuando haya urgencias en domicilio siempre se debe ir con la ambulancia pertinente si no así cualquiera comprarías prioritarios y los pondríamos en el techo del vehículo, otra cosa es la incorporación en breves de prioritaruis azules en lo vehículos de emergencias en general
2134 | israel - 21/02/2016 @ 15:22:21 (GMT+1)
Vir solo cn nedico o cn tecnico en emergencias sanitarias?
2133 | Oscar - 21/02/2016 @ 14:49:24 (GMT+1)
Efectivamente como bien dices hace falta un vehículo con los dispositivos luminosos y acústicos homologados por la itv y anotados en la tarjeta del vehículo como son los VIR. Un vehículo utilitario utilizado en los centros de salud no tiene el reconocimiento de VIR por mucho que nos empeñamos o colocaremos dispositivos V-2 en el techo del vehículo no se puede circular en servicio de emergencia,para eso ya están los VIR Y ambulancias. Un saludo.
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