Absuelven al el sheriff de Coslada al ser anuladas las pruebas
jueves 03 de mayo de 2018, 19:46h
La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto al exjefe de la Policía Local de Coslada Ginés Jiménez —más conocido como el Sheriff de Coslada— y al resto de los acusados por la supuesta trama de corrupción policial en ese municipio al anular las pruebas obtenidas mediante escuchas telefónicas y durante el registro en el domicilio del principal acusado.
En la sentencia, tras el juicio que comenzó el pasado 15 de enero y concluyó a finales de marzo, la Audiencia absuelve a todos los procesados por la operación Bloque, desarrollada en 2008, entre los que se encontraban la esposa y el hijo de Ginés Jiménez.
El fiscal pidió 23 años de cárcel para el exjefe de la Policía Local por extorsión a varios empresarios de Coslada, blanqueo de dinero, cohecho y tenencia ilícita. Los magistrados han tomado la decisión de absolver a los procesados al no haberse probado en la vista oral del juicio los hechos objeto de debate.
Así, remarcan que no ha podido acreditarse ni la extorsión, ni las amenazas, ni el cohecho, ni el blanqueo de capitales ni el depósito y tenencia ilícita de armas.
La sentencia establece que no se ha acreditado que el principal procesado, Jiménez Buendía, vulnerara el ordenamiento legal de forma abusiva y arbitraria, al objeto de controlar de manera personal o por vías de hecho, independientes al cauce marcado por el ordenamiento jurídico, la tramitación de licencias y autorizaciones de apertura, de actividad o similares, de distintos establecimientos de ocio bajo la amenaza en caso contrario de inspecciones continuas y acoso del aparato policial.
Tampoco ha podido acreditarse que este mismo procesado, en compañía de otros policías, se personara en un establecimiento mostrándose contrario a la apertura sin su permiso y prevaliéndose de su condición consumiera todo tipo de bebidas alcohólicas sin abonar las consumiciones.
Ni tampoco que Ginés Jiménez y su esposa, también acusada, abonaran los gastos con los que hicieron frente a préstamos hipotecarios, inversiones inmobiliarias o adquisición de vehículos con un dinero de origen ilícito; como tampoco ha quedado acreditado, "sino lo contrario, que las armas halladas en su poder carecieran de permiso", según la sentencia.
. Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de casación ante el Supremo.