La sentencia 238/2020 del Juzgado Contencioso Administrativo n.º 1 de Toledo da la razón a STE-CLM en su demanda contra la Resolución de 20/08/2019 mediante la cual se modifica la regulación de los aspectos previstos en el punto 7 del acuerdo sobre medidas complementarias, en el ámbito del sector educativo, al II Plan Concilia (los llamados “MOSCOSOS”)
En agosto de 2019, el anterior Director General de Recursos Humanos y Planificación Educativa decidió cambiar de forma unilateral y sin denuncia previa el acuerdo de “Medidas complementarias para el profesorado al II Plan concilia”, derivadas de que dicho plan excluía en casi su totalidad al profesorado por razones de servicio. Así, se concretó una regulación para los 2 días de libre disposición que era una limitación en toda regla de este derecho y aque ahora el juez confirma.
El juez asume el argumento de STE-CLM de que no no se puede alterar el contenido de un pacto de forma unilateral y sin alteración sustancial de las circunstancias económicas (este acuerdo tiene conste 0€ para la administración) y se debe respetar la negociación colectiva.
Por ello, STE-CLM exige al actual Director General, que se ha mostrado en reiteradas mesas sectoriales abierto a volver a negociar los “días de libre disposición” ante el malestar entre el profesorado de la limitación unilateral comentada, que no recurra la sentencia (no firme) y facilite este derecho al profesorado desde ya. En estos días de pandemia, y al no haberse regulado a nivel nacional ningún derecho para los y las trabajadoras en caso de tener que cuidar a sus hijos/as confinados por cuarentena, el profesorado está valiéndose de estos dos días (insuficientes, en muchos casos complementados con días de asuntos propios con deducción proporcional del sueldo).
STE-CLM solicitará la inclusión de un punto en el orden del día de la próxima mesa sectorial del día 10 de diciembre para que a través del acuerdo de las partes se recupere este derecho vulnerado.