Los empresarios pueden solicitar una ampliación del plazo de vencimiento de sus préstamos ICO-Covid hasta el 1 de junio de este año. El Consejo de Ministros amplió el Código de Buenas Prácticas hasta junio de 2022, fecha hasta la que se puede solicitar dicha ampliación con la entidad financiera. El Código de Buenas Prácticas es el marco al que se han adherido las entidades financieras que han querido formalizar este tipo de operaciones de préstamos ICO-Covid al tejido empresarial.
La principal condición para su concesión es:
- Que se mantenga la actividad correspondiente a las ayudas hasta el 30 de junio de 2022.
SOLICITUDES
- La solicitud deberá ser atendida por la entidad bancaria, obligatoriamente, siempre que la caída de facturación sufrida en el 2020 en relación con 2019 fuera de más del 30 %.
- En el caso de que fuera inferior, la solicitud será valorada, pero sin obligación de otorgar la ampliación.
PLAZO DE AMPLIACIÓN:
Para aquellas empresas que recibieran una ayuda pública igual o inferior a 2.300.000€, y siempre que el plazo de vencimiento no supere los 10 años:
- ✓ De haberse acogido previamente a alguna extensión, el plazo se ampliará 2 años.
- ✓ En el resto de los casos, se ampliará hasta 5 años.
Para aquellas empresas que recibieran una ayuda pública superior a 2.300.000€, y siempre que el plazo de vencimiento no supere los 80 años:
- ✓ De haberse acogido previamente a alguna extensión, el plazo se ampliará 2 años.
- ✓ En el resto de los casos, se ampliará hasta 5 años.
Los préstamos ICO destinados a aportar solvencia empresarial a las empresas españolas durante la crisis del COVID fueron aprobados en el Real Decreto-ley 5/2021 de 12 de marzo junto con un paquete de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial dirigidas a empresas viables que atravesaran un desequilibrio patrimonial temporal como consecuencia de la pandemia.