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Caixabank y el extraño caso de la alarma

Caixabank y el extraño caso de la alarma

Por Lord Charles Albert
domingo 19 de junio de 2022, 10:25h

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Estando en una reunión de trabajo, se iluminó de pronto la pantalla de mi móvil, que lo tenía en silencio, “Caja Madrid, Caja Madrid” (nótese que no apareció ni Bankia, ni Caixabank), y por eso, pedí disculpas y salí al pasillo a responder la llamada. Una señorita me dio la enhorabuena porque ”tiene usted preconcedido un préstamo de 15.000 euros”. “Yo no he pedido ningún préstamo y no necesito nada, muchas gracias” y me dispuse a colgar.

Ante la insistencia de la operadora, y debido a la “educación concertada” que recibí en los Hermanos Maristas, no corté la comunicación. Como persistía en saber si necesitaba financiación, le dije que no, pero ya que lo preguntaba le mostré mi inquietud por la evolución del euríbor, ya que mi hipoteca está referenciada a un tipo variable.

“Venga usted a la oficina mañana a las 11 horas con la escritura de su hipoteca, y veremos qué se puede hacer”.

Una vez que crucé el umbral de las puertas de la oficina bancaria, todo fue un cúmulo de despropósitos con tintes surrealistas. Después de esperar más de 50 minutos, la señorita en cuestión, sin disculparse por el retraso y sin mirar la escritura que yo llevaba debajo del brazo, me dijo que no tenía los “productos vinculados” que exige Caixabank.

“Oiga, yo contraté los “productos vinculados” que hace 18 años, el director de esta oficina, me dijo que era “conveniente” contratar para la concesión de mi hipoteca (nótese la corrupción del lenguaje, que dice concesión, no contratación ni venta, dice concesión).

“Ya, ya, pero esto es Caixabank, y a nosotros Bankia no nos importa.”

“No, no, si yo lo hice con Caja Madrid”

“Bueno, es lo mismo, ahora es Caixabank, y lo que tuviera con Caja Madrid, no importa, no vale. Lo que importa es que no tiene “los productos vinculados” y será difícil hacer la novación de la hipoteca, además no tiene contratada la alarma”

“No, no, eso es verdad, no tengo contratada la alarma, ¿es que es necesario para mi seguridad?

“Hombre, una alarma, es una alarma, y es un “producto vinculado” a las hipotecas de Caixabank. Usted contrate la alarma, de momento, y luego…ya veremos a ver más adelante”

“Ya, ya, ya veo, y no sería mejor hacer una simulación de cambio de hipoteca de tipo variable (que es el que tengo) a una de tipo fijo, y luego ya veremos lo de la alarma…”

“No, no, es que Caixabank, no puede novar su hipoteca si no contrata la alarma, no se le va a conceder la novación de la hipoteca, si no tiene la alarma”.

Seguí insistiendo a la tozuda señorita que primero sería conveniente hacer una simulación de cambio de hipoteca, y ya vería yo, si me interesaba una novación con Caja Madrid, Bankia o Caixabank o una subrogación (cambiar la hipoteca a otra entidad financiera).

“Si no tiene usted la alarma, va a ser difícil…”

De las pocas virtudes que tengo, la paciencia no es una de ellas. Así que, como pude conté mentalmente hasta 20, y le dije, levantándome “Que tenga un buen día señorita, pero… yo no contrato la alarma…”

Como ya no existen restricciones del Covid, asistí a la comida en el Zalacaín que todos los últimos viernes de cada mes tenemos unos amigos.

Cuando llegaron los postres, y apurando la tercera botella de 904, les conté, de forma resumida, lo que me había ocurrido con la alarma en Caixabank.

Cual fue mi sorpresa, cuando uno de los comensales (que fue inspector de Hacienda, y ahora, al borde la jubilación, dirige uno de los despachos más prestigiosos de España en Derecho Fiscal y Tributario) me contó que tenía en el despacho varios casos parecidos al mío y la problemática que estaban creando los de Caixabank con “los productos vinculados”, es decir, con la contratación de la alarma (la domiciliación de la nómina, seguros de vida, y demás, es corriente y usual exigirlas en el resto de las entidades bancarias).

Parece ser que Caixabank pagará 571 millones de euros a Mapfre y se quedaría el 51% que Mapfre tenía en Bankia Vida. La cuestión es que Mapfre entiende que tiene derecho a recibir un 120% de la valoración de los negocios de vida y no vida, en lugar del 110%, lo que elevaría la cifra final a desembolsar por CaixaBank a 623 millones de euros. Por ello, Mapfre y CaixaBank someterán el caso a arbitraje. Y mientras, Caixabank, quiere, con el cuchillo entre los dientes, hacerse fuerte en los seguros y llenar a los clientes de seguros de alarma

Como en esta España que tenemos existe una “sociedad buenista” que protege a unas minorías más que a otras, los que libremente hemos optado y elegido fumar, nos tuvimos que ir a la terraza del Ritz a seguir la tertulia (por cierto, nada que ver la terraza de antes con la de ahora, adiós los sillones Emanuelle, vamos a peor…).

Para terminar la tertulia, las copas, y los puros añadió otro de los comensales, dos apuntes interesantes.

Uno, que no entendía por qué a la operación se la había llamado fusión, cuando ha sido una absorción en toda regla y dos, son de dudosa constitucionalidad los llamados “productos vinculados” a la contratación de los préstamos hipotecarios.

Y se explicó : “Dentro de la libertad de empresa, y dentro de la autonomía entre las partes, no hay nada que objetar a los préstamos al consumo (para comprar un coche, por ejemplo). El banco pone unas condiciones para vender dinero para comprar un coche, el comprador (el cliente) las acepta y asunto resuelto. Pero la cosa cambia, cuando el préstamo es hipotecario, y lo que se quiere es una vivienda. La Constitución dice que todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho. El derecho a la vivienda deriva de la superación del concepto de la vivienda únicamente como objeto de la propiedad privada para pasar a ser considerado uno de los elementos básicos para la existencia humana.

Es decir, que del artículo 47 de la Constitución se establece por una parte, el tratamiento de la vivienda como función pública y no como objeto exclusivo del Derecho privado y por otra, se deriva la necesidad de abordar una política social en materia de vivienda como fórmula para que importantes sectores de la población, con recursos económicos limitados, puedan acceder a una vivienda digna.

Resumiendo que si a los bancos se les va la mano “con los productos vinculados” a los préstamos hipotecarios, se podría estar menoscabando, o al menos, constriñendo el derecho constitucional a la vivienda”.

Poco más que añadir…

Nos emplazamos al último viernes de septiembre para volver a comer en Zalacaín, pues, aunque la inflación está por las nubes y las tarifas de los hoteles están desbocadas, todos…nos vamos de vacaciones.

España y los españoles…somos así.

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