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El Supremo rechaza los incidentes de nulidad presentados por Griñán y otros diez ex altos cargos para eludir la condena de los ERE

El Supremo rechaza los incidentes de nulidad presentados por Griñán y otros diez ex altos cargos para eludir la condena de los ERE

Por REDACCION
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redaccionguadanewses/9/9/19
miércoles 01 de marzo de 2023, 19:03h

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Los ex altos cargos de la Junta de Andalucía condenados a prisión por la pieza política del caso de los ERE han agotado ya, sin éxito, su último cartucho para intentar eludir las penas impuestas por la Audiencia de Sevilla, después de que el Tribunal Supremo (TS) haya rechazado los incidentes de nulidad presentados por sus defensas.

La Sala de lo Penal ha dictado un auto de casi 120 páginas en el que inadmite a trámite dichos incidentes, y que incluye un voto particular de las magistradas Ana Ferrer y Susana Polo, que reiteran que el expresidente de la Junta José Antonio Griñán, condenado a seis años y dos días de cárcel, y otros cuatro ex altos cargos deberían haber sido absueltos por el delito de malversación, que es el que lleva aparejada la pena de prisión.

El Supremo ha rechazado así las objeciones de Griñán y de los exconsejeros Gaspar Zarrías, Francisco Vallejo, José Antonio Viera, Antonio Fernández y Carmen Martínez; los exviceconsejeros Vicente Lozano, Jesús María Rodríguez y Agustín Barberá; el exdirector de la agencia IDEA Miguel Ángel Serrano y el exdirector general de Trabajo Juan Márquez.

Respecto al expresidente Griñán, el Supremo afirma que "hay un buen número de pasajes en la sentencia [...] en el que se hace referencia a que, a sabiendas de la ilegalidad del proceso y a pesar de los aludidos informes, no cambió su proceder, por lo que la alegación de que actuó de acuerdo con las recomendaciones de la Intervención es irrelevante en los términos en que ha sido planteada".

Además, añade que "los distintos acusados actuaron con conocimiento de los incumplimientos de la normativa presupuestaria y de sus consecuencias", recordando que la Audiencia ya "precisó que el uso de las transferencias de financiación permitía formalmente eludir la fiscalización previa y eludir también la tramitación de expedientes y, por tanto, el cumplimiento de los rigurosos requisitos y condicionantes impuestos por la normativa".

Cabe recordar que la Audiencia rechazó el pasado 15 de noviembre suspender la ejecución de la pena y dio un plazo de diez días a Griñan y a otros siete de los nueve condenados a penas de prisión para su ingreso voluntario en un centro penitenciario, sin esperar a que el Gobierno resuelva sobre la petición de indulto. Poco después trascendió la enfermedad del expresidente y la Audiencia acordó aplazar su ingreso en prisión hasta que concluyan las sesiones de radioterapia que debe recibir por el cáncer que se le ha diagnosticado.

Así, el Supremo dice que "no procede acceder a las peticiones de suspensión de la ejecución de la pena, interesadas en distintos recursos, al no ser admitidos a trámites, siendo este requisito ineludible para que procediera las suspensiones interesadas".

A excepción de Griñán y de Barberá, ambos aquejados de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables, todos los condenados a penas privativas de libertad están ya en la prisión.
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