El Pleno de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha emitido un auto en el que decide inadmitir las tres querellas y las cuatro denuncias presentadas contra el presidente de la Generalitat, Carlos Mazón, debido a su gestión durante la Dana, tal como había solicitado el Ministerio Fiscal.
La Sala, que previamente había acumulado estas denuncias y querellas en una única causa mediante una providencia, fundamenta su resolución en la jurisprudencia del Tribunal Supremo. Esta establece que se requiere la existencia de “indicios cualificados” contra personas aforadas para no apartar las investigaciones de su ámbito primario natural.
Falta de Indicios Sólidos
Los magistrados concluyen que los relatos presentados por los denunciantes carecen de indicios “objetivados con consistencia o solidez” que justifiquen la competencia del Alto Tribunal valenciano para investigar al aforado en este contexto.
El Tribunal coincide con el informe de la Fiscalía al señalar que las imputaciones, principalmente relacionadas con decisiones no tomadas que podrían haber evitado o mitigado el número de fallecidos, derivan de una “relación causa/efecto”. Esto implica una atribución de responsabilidad penal centrada exclusivamente en el resultado, sin considerar la intervención concreta de los denunciados, que hasta ahora no ha sido especificada.
Reflexiones sobre la Tragedia
En su auto, se menciona: “La Sala no es insensible a la tragedia ocurrida”, reconociendo los deberes ineludibles de las autoridades para proteger a los ciudadanos del riesgo de inundaciones. Sin embargo, aclaran que “ninguno de los actos iniciadores descritos ofrece un cuadro indiciario suficiente” para asumir su competencia.
Asimismo, el TSJCV hace referencia al principio de culpabilidad por el hecho propio, según el cual no se pueden realizar “atribuciones objetivas” de responsabilidad basadas únicamente en la posición o cargo ocupado por una persona dentro de una organización.
Posibilidades Futuras
A pesar de esta inadmisión, los magistrados advierten que quienes impulsaron estas denuncias y querellas no quedan excluidos del ejercicio de la acción penal. Tienen la opción de solicitar la apertura del procedimiento preliminar en los Juzgados de Instrucción correspondientes.
Una vez finalizada la instrucción y realizadas las diligencias necesarias, el juez competente podría elevar un informe razonado al TSJ si existen “indicios sólidos” contra el aforado mencionado en las querellas.
Por lo tanto, el auto declara que su competencia se limita exclusivamente a dictar esta resolución respecto al aforado y establece la inadmisión de las denuncias y querellas, así como el archivo de las actuaciones. Esto se realiza “sin perjuicio” de lo que pueda surgir en una eventual investigación llevada a cabo por el juzgado correspondiente.
Preguntas sobre la noticia
¿Qué decidió el TSJCV respecto a las querellas y denuncias contra Carlos Mazón?
El TSJCV inadmitió las tres querellas y cuatro denuncias presentadas contra el presidente de la Generalitat, Carlos Mazón, por su gestión de la Dana.
¿Cuáles fueron los fundamentos de la decisión del TSJCV?
La Sala aplicó la jurisprudencia del Tribunal Supremo que exige indicios cualificados para investigar a personas aforadas. No se encontraron indicios sólidos en los relatos de los denunciantes que justificaran la competencia del Alto Tribunal valenciano.
¿Qué implicaciones tiene esta inadmisión para los denunciantes?
A pesar de la inadmisión, los denunciantes pueden seguir ejerciendo la acción penal en el ámbito de los Juzgados de Instrucción si así lo desean.
¿Puede haber futuras investigaciones sobre este caso?
Sí, un juez de Instrucción competente podría elevar una exposición razonada al TSJ si se presentan indicios sólidos contra el aforado en cuestión.
¿Qué menciona el auto sobre la tragedia ocurrida durante la Dana?
El auto reconoce la tragedia y los deberes inexcusables de las autoridades para proteger a los ciudadanos del riesgo de inundaciones, aunque no encontró base suficiente para atribuir responsabilidad penal en este caso.