El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha rechazado el recurso interpuesto por una mujer que fue condenada a tres años de prisión tras agredir a otra con un vaso de cristal en los baños de una discoteca. La Audiencia de Salamanca había determinado que la acusada era responsable de un delito de lesiones utilizando medios peligrosos, lo que le acarreó no solo la pena privativa de libertad, sino también la prohibición de acercarse a menos de 250 metros de la víctima o comunicarse con ella durante cinco años. Además, deberá indemnizarla con 9.364,72 euros y hacerse cargo de las costas del proceso.
Los hechos ocurrieron alrededor de las 4 de la madrugada del 8 de diciembre de 2022, cuando la víctima se encontraba en los servicios del establecimiento. Al notar que la ocupante del baño tardaba, tocó la puerta. En ese momento, la acusada salió “de forma deliberada y con intención de menoscabar la integridad física” de la denunciante, golpeándola en el rostro con un vaso antes de abandonar el lugar. Como resultado, la víctima sufrió heridas contusas que requirieron intervención quirúrgica y sutura, además de lesiones oftalmológicas, dejando como secuelas tres cicatrices en el lado izquierdo del rostro que afectan su estética.
Análisis del tribunal sobre los hechos
El tribunal señala que no es relevante si hubo forcejeo previo a la agresión; argumentar que el vaso salió volando accidentalmente resulta poco creíble. Los magistrados consideran verosímil el relato presentado por la víctima, quien cumple con los requisitos necesarios para ser considerada prueba válida en este caso. No hay elementos subjetivos ni objetivos que cuestionen su testimonio, y no se ha demostrado que tuviera motivos para denunciar hechos falsos.
Además, se destaca que la denunciante ha mantenido su versión desde el inicio del proceso, tanto durante las declaraciones policiales como en las fases posteriores del juicio, sin mostrar contradicciones significativas.
Posibilidad de apelación
A pesar de esta sentencia, cabe mencionar que no es definitiva y puede ser objeto de un recurso ante el Tribunal Supremo.
La noticia en cifras
Cifra |
Descripción |
---|
3 años |
Tiempo de cárcel impuesto a la acusada |
250 metros |
Prohibición de aproximación a la víctima |
5 años |
Tiempo de prohibición de comunicación con la víctima |
9.364,72 euros |
Indemnización a la víctima por los daños sufridos |
4 de diciembre de 2022 |
Fecha del incidente ocurrido en la discoteca |
Preguntas sobre la noticia
¿Qué ocurrió en la discoteca el 8 de diciembre de 2022?
Una mujer agredió a otra con un vaso de cristal en los baños de una discoteca, causando lesiones que requirieron intervención quirúrgica.
¿Cuál fue la condena impuesta a la agresora?
La mujer fue condenada a tres años de prisión y se le prohibió acercarse a la víctima durante cinco años, además de tener que indemnizarla con 9.364,72 euros.
¿Qué secuelas sufrió la víctima?
La víctima sufrió heridas contusas en el rostro, lesiones oftalmológicas y quedó con tres cicatrices en el lado izquierdo de la cara.
¿Qué dijo el Tribunal sobre el testimonio de la víctima?
El Tribunal consideró verosímil el testimonio de la víctima y no encontró razones para dudar de su relato, que se mantuvo consistente durante todo el proceso.
¿Es firme la sentencia del Tribunal Superior de Justicia?
No, la sentencia puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.